El sector agroindustrial arrocero de Panamá, considera oportuno aclarar lo siguiente:

  1. En la reunión ordinaria No.3 de la Cadena Agroalimentaria del Arroz, celebrada el pasado 5 de junio, se aprobó la importación de 1.1 millones de quintales de arroz cáscara como contingente adicional, con un beneficio de arancel preferencial, fijando como fecha límite de entrada al país el 30 de agosto 2025. Esta propuesta fue técnicamente sustentada y contó con 14 votos a favor (11 asociaciones de productores, 1 asociación de industriales, 1 asociación de comerciantes y 1 de distribuidores de insumos) y una abstención (1 asociación de productores).
  2. La Cadena Agroalimentaria del Arroz debería ejercer su función como espacio técnico de consulta y recomendación constructiva. Es fundamental que las decisiones que emite sean oportunas para preservar la estabilidad del sector. Cuando estas se dilatan o no se comunican con claridad, pueden crear señales confusas que generan distorsiones en la cadena de suministros.
  3. La situación del mercado actual crea el espacio propicio para que agentes económicos realicen importaciones dentro del marco legal y bajo mecanismos establecidos.
  4. El artículo 50 de la Constitución Política de la República de Panamá enmarca el derecho a la libre empresa y a ejercer de manera lícita las actividades económicas. En este sentido, somos respetuosos de la autonomía para tomar decisiones estratégicas dentro del marco legal.
  5. La industria arrocera de Panamá reitera su compromiso histórico de adquirir la producción nacional de arroz y apoyar la continuidad del sector productivo, reconociendo su rol en la seguridad alimentaria del país.
  6. Como parte del encadenamiento productivo del sector arrocero nacional, reafirmamos nuestro respeto al Estado de Derecho y a la institucionalidad. El bienestar del consumidor, la sostenibilidad de la producción nacional y la estabilidad de la cadena de suministros del arroz deben ser objetivos compartidos.

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